COMPARACIÓN
CON LOS MÁS RICOS DE ESPAÑA
El artículo 75.1 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen
Local (7/1985, de 2 de abril) de esta comunidad foral
establece que "los miembros de las corporaciones
locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus
cargos cuando los desempeñen con dedicación
exclusiva". Y se especifica que la percepción
de estas retribuciones "será incompatible con
la de otras retribuciones con cargo a los
presupuestos de las Administraciones públicas y de los
entes, organismos o empresas de ellas dependientes, así
como para el desarrollo de otras actividades".
Hasta ahí, todo bien. Nada que decir.
¿CUÁL DEBE SER EL SUELDO DE LOS ALCALDES Y
CONCEJALES SEGÚN UN SOCIO DE PARTIDO DE FERNANDO
ZURITA?
El presidente del gobierno foral es Miguel Sanz, miembro de
UPN, el PP navarro. El artículo 4 de la Ley Foral
23/2003 de 4 de abril, suscrito de puño y letra por Miguel
Sanz, establece un sistema por el cual el gobierno foral se
compromete a pagar un porcentaje (denominado en la ley
"compensación") del sueldo (denominado en la ley
"base auxiliable") de los alcaldes y los
concejales, que varía en función de la población. En ese
mismo artículo también se determina cuál debe ser esa
remuneración. A continuación lo reproducimos:
"Artículo
4.
La cuantía de las compensaciones
se fijará de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Alcaldes.
|
Población
|
Base
auxiliable
(Euros)
|
Compensación
(%)
|
|
<
100
|
4.207
|
80
|
|
101
a 500
|
7.212
|
75
|
|
501
a 2.000
|
12.020
|
70
|
|
2.001
a 5.000
|
21.035
|
65
|
|
5.001
a 10.000
|
27.045
|
60
|
|
10.001
a 50.000
|
36.060
|
55
|
|
>
50.000
|
45.075
|
50
|
2. Concejales que desempeñen su
cargo en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
|
Población
|
Concejales
|
Base
auxiliable
(Euros)
|
Compensación
(%)
|
|
500
a 2.000
|
1
|
1.738
|
70
|
|
2.001
a 5.000
|
2
|
2.607
|
65
|
|
5.001
a 7.000
|
3
|
3.473
|
60
|
|
7.001
a 10.000
|
4
|
5.215
|
60
|
|
10.001
a 25.000
|
5
|
7.572
|
55
|
|
25.001
a 50.000
|
6
|
9.976
|
55
|
|
>
50.000
|
10
|
14.424
|
50
|
La compensación económica se
aplicará a los concejales que desempeñen sus funciones en
tales regímenes, con el número máximo en función de la
población del municipio que se señala. En caso de
superarse el número máximo señalado, así como para los
concejales que no desempeñen su cargo en régimen de
dedicación exclusiva o parcial, la compensación de sus
percepciones se efectuará conforme a lo establecido en el
apartado siguiente.
3. Concejales que no desempeñen
su cargo en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
|
Población
|
Base
auxiliable
|
Compensación
|
|
<
2000
|
869
|
70
|
|
2.001
a 5.000
|
1.303
|
65
|
|
5.001
a 7.000
|
1.736
|
60
|
|
7.001
a 10.000
|
2.607
|
60
|
|
10.001
a 25.000
|
3.786
|
55
|
|
25.001
a 50.000
|
4.988
|
55
|
|
>
50.000
|
7.212
|
50
|
4. A los efectos de esta Ley Foral
se considerarán, durante cada período de mandato
municipal, las cifras oficiales de población que se
tuvieron en cuenta en la convocatoria de las
correspondientes elecciones municipales.
5. Se entiende por base auxiliable
la cantidad máxima por cada miembro de la Corporación que,
referida a años naturales, se tendrá en cuenta para la
fijación de la compensación económica, con independencia
de las cuantías que los Ayuntamientos puedan haber acordado
abonar.
6. La compensación se fijará
aplicando el porcentaje que en cada caso corresponda de
acuerdo con los criterios señalados en los apartados 1, 2 y
3 de este artículo a los importes brutos que hayan abonado
los Ayuntamientos en concepto de retribuciones o
asistencias, sin perjuicio de lo establecido en el apartado
anterior.
7. En todo caso, será
incompatible la percepción de asistencias con el cobro de
retribuciones por dedicación exclusiva o parcial al
cargo."
MÁS
QUE DEMASIADO CAROS
Dicho de forma que lo
pueda entender todo el mundo: a Miguel Sanz, presidente de
la comunidad autonómica más rica de España y socio de
partido del alcalde de Paracuellos, le parece que el salario
adecuado para el alcalde de un pueblo con una población de
6.673 habitantes (según www.ayto-paracuellos.org)
es de 27.045 euros anuales. Teniendo en cuenta que el
gobierno navarro subvenciona el 60% de esta cantidad y que
el alcalde de Paracuellos cobra 49.550 euros, Zurita
es 38.732 euros más caro que un alcalde de
un pueblo navarro con la misma población.
Lo máximo que
cobra un concejal navarro de un pueblo de 6.500
habitantes son 3.473 euros anuales. Teniendo en cuenta, una
vez más, que el gobierno foral subvencionaría el 60% de
esta cantidad y que los de Paracuellos cobran 44.708, los
concejales de Paracuellos nos salen 43.319 euros más caros.
Bueno, en el caso de Sergio Krstic, sólo
nos sale unos 23.800 euros más caro.
Visto lo visto, sólo nos queda por decir: ¡váyase, señor
Zurita! ¡Que dimita todo el equipo de gobierno! Pero, si
puede ser, que se bajen los sueldos antes.
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