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Noticias > Febrero 07

I.U. Paracuellos-Belvis: Alegaciones a la mina de sepiolita

Paracuellos 26/02/07 .-  Alegaciones presentadas por el Grupo Municipal de I.U. a la implantación de una mina de sepiolita en el municipio. Estas alegaciones fueron presentadas en abril del 2003 ante el servicio de evaluación y calidad medioambiental de la Comunidad de Madrid.

 

EXPONE:

 El pasado 4 de marzo de 2003 apareció publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Resolución 758/2003, de 20 de enero, por la que se somete a información pública el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de “Explotación de sepiolita Repescada, en los términos de Madrid y Paracuellos del Jarama, promovido por Tolsa, S.A.”

 

Vista la memoria-resumen presentada por la empresa se deducen preocupantes impactos sobre la ribera y el propio cauce del río, así como en la calidad del aire. Por este motivo, consideramos necesario presentarlas siguientes ALEGACIONES:

 

1.      Datos del proyecto:

  • El proyecto será realizado en la concesión “Repescada” nº 2.591, por la empresa Tolsa S.A. en los términos municipales de Paracuellos del Jarama y Madrid.

  • Ocupará una extensión de 109 ha. más 4 ha. para las instalaciones auxiliares de la mina. En total 113 ha.

  • Esta extensión ocupará una amplia zona que va desde el Cerro de las Lámparas, el Cerro de la Cueva y el Cerro de la Cueva hasta el mismo bosque de ribera del río Jarama.

  • La preparación del terreno durará 2,5 años y la explotación tendrá una duración de 12 años.

  • Se prevé una producción anual de 400.000 Tn de producto bruto, que se convertirá en 250.000 Tn de producto final

  • La explotación será subterránea, con túneles de una profundidad de hasta 195 metros.

2.      Afecciones a la calidad del aire.

 La calidad del aire de la zona está determinada por el alto número de aviones que sobrevuelan desde las cercanas pistas del aeropuerto de Barajas. El EIA no tiene en cuenta este hecho, ni tampoco el deterioro que significará la futura ampliación del aeropuerto y la construcción de autovías de transporte cercanas a la zona (R-2 y M-50). Por lo tanto la valoración que hace el EIA sobre la calidad del aire es errónea en su punto de partida, considerándola como “buena”.

El proyecto producirá niveles importantes de contaminación atmosférica tanto en las fases preparatorias como en la fase de explotación.

  • En la fase de preparación las acciones que causan contaminación serán la adecuación del viario, desbroce vegetal, construcción de instalaciones auxiliares, apertura de planos inclinados, deposito de materiales sobrantes, construcción de balsas de decantación y movimiento de camiones y maquinaria pesada. 

  • En la fase de explotación las acciones que causan contaminación serán el depósito de sepiolita en superficie y carga y transporte de la sepiolita a fábrica. 

Pese al grado de humedad del mineral tanto el depósito de la sepiolita en superficie como la carga del mineral en volquetes, producirá emisiones de polvo en todo el entorno. El polvo de sepiolita es un producto altamente tóxico para la salud pública, produciendo entre otras afecciones y enfermedades respiratorias, silicosis. Existen episodios de silicosis en la población cercana relacionados con otras explotaciones de la empresa Tolsa, concretamente la mina en explotación de Vicálvaro. De llevarse a cabo el presente proyecto significaría un alto peligro potencial de enfermedades respiratorias no sólo para la población cercana de Paracuellos sino para los vecinos de Vallecas, lugar donde se llevará el mineral para ser transformado.

Las emisiones del alto tráfico de camiones en la zona no se valora suficientemente. Se dice que los controles de calidad reglamentarios que deben pasar los tubos de escape son suficientes para garantizar la calidad del aire en la zona. La calidad del aire no se puede garantizar debido gran número de desplazamientos diarios de camiones en la zona.

Las emisiones de polvo debido al tráfico de camiones se controlarán regando periódicamente los accesos. Esto supondrá un detrimento de los caudales del río Jarama, especialmente preocupante en los meses de verano.

 

3.      Afecciones a las aguas.

Se producirán tanto afecciones a las aguas subterráneas como a las superficiales.

En la fase preparatoria será necesario extraer una cantidad de agua del subsuelo de 30m3/hora durante los dos años y medio que dura esta fase. Esta cantidad de agua se verterá al río Jarama aguas debajo de la zona de bombeo. Este bombeo ocasionará una depresión del nivel freático en un radio de influencia de unos 340 m.

Durante la fase de explotación será necesario efectuar un drenaje continuo de las filtraciones de la mina. Se estima que habrá que drenar unos 6,83 m3/hora durante 12 años. Igualmente se verterán esta agua al cauce del Jarama.

Estos vertidos de aguas procedentes del acuífero aluvial y del acuífero terciario ocasionarán impactos en la cantidad y en la calidad de las aguas del Jarama, contrariamente a lo que indica el proyecto. Es previsible que el desagüe del fluido bombeado (aun colmatándolo previamente) cambiase las propiedades físico-químicas del caudal circulante: Ph, minerales disueltos, y otros componentes, variarán sustancialmente a 190 m. de profundidad. El bombeo sostenido de agua a gran profundidad provocará un cono de reducción del nivel freático con consecuencias sobre la humedad presente en un gran tramo de la ribera y los suelos circundantes.

Además el proyecto incluye la posibilidad de que produzcan filtraciones desde el río Jarama hacia el hueco minero subterráneo. Esto ocasionaría una pérdida seria de caudal del río y un cambio radical de las relaciones ecológicas en el entorno, que no son valoradas en el EIA.

 

4.      Afecciones al patrimonio histórico-artístico

El proyecto afecta a una zona muy rica en yacimientos paleontológicos. De llevarse a cabo el proyecto significará la pérdida de numerosos yacimientos paleontológicos de relativa importancia, algunos de ellos todavía sin estudiar y clasificar. En la carta arqueológica de la Comunidad de Madrid aparecen 15 yacimientos afectados:

NOMBRE

ESTADO DE CONSERVACIÓN

ÉPOCA

Paracuellos 1

Buenos

Mioceno medio, Aragoniense superior

Paracuellos 2

El lentejón está agotado

Mioceno medio, Aragoniense superior

Paracuellos 5

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense superior (zona F)

Paracuellos 4

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense superior

Paracuellos 3

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense superior (zona G2)

Paracuellos 6

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense medio (zona D1)

Paracuellos S4-11

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense medio (zona D1)

Paracuellos S4-18

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense medio (zona D1)

Paracuellos S4-19

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense superior

Paracuellos S4-26

Bueno

Mioceno medio

Paracuellos S8-3

Bueno

Mioceno medio

Paracuellos S4-22

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense superior

Paracuellos S4-24

Bueno

Mioceno medio

Paracuellos S8-5a

Bueno

Mioceno medio

Paracuellos S8-5b

Bueno

Mioceno medio, Aragoniense medio

En todos estos casos se ha comprobado la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos, pero se requiere verificación previa para comprobar la importancia de los restos encontrados.

El EIA deja pendiente la valoración de los impactos que se producirán en el patrimonio histórico-artístico a la verificación arqueológica posterior que se deberá llevar antes del inicio de las obras. Este estudio deberá determinar el grado de impacto sobre el patrimonio arqueológico y paleontológico una vez que la autoridad ambiental haya efectuado la declaración de impacto ambiental del proyecto. Con lo cual, la valoración de los impactos sobre este patrimonio no servirá para decidir sobre la conveniencia o no de realizarse la mina de sepiolita.

 

5.      Afecciones a la ordenación del territorio

El proyecto de instalar una mina de sepiolita en la concesión “La Repescada” es incompatible con el Plan General de Ordenación Urbana de Paracuellos del Jarama y con el de Madrid.

En la parte de Paracuellos, la zona de explotación afectaría a los siguientes suelos del PGOU: 

  • Suelo No Urbanizable Protegido. Espacio de Interés Forestal y Paisajístico. En las condiciones particulares se prohíbe la realización de actividades extractivas

  • Suelo No Urbanizable Protegido. Cauces y Riberas. Se prohíben actividades extractivas.

  • Suelo No Urbanizable Preservado. Las actividades mineras se consideran no permitidas.

  • Suelo No Urbanizable Preservado. Las actividades mineras se consideran no permitidas.

  • Suelo Urbanizable Programado. La actividad minera no es un uso principal o compatible.

En el PGOU de Madrid afecta al siguiente suelo:

  • Suelo No Urbanizable de Protección de Cauces y Riberas. Las actividades mineras quedan prohibidas.

Por lo tanto es totalmente incompatible la instalación de esta explotación extractiva en la zona en la que se pretende instalar.

 

6.      Afecciones acústicas

El EIA admite la existencia de dos zonas en las que superarán los 65 dBA durante la fase de explotación, y siempre de día. Las zonas receptoras del impacto acústico son el Casco urbano de Paracuellos, el polígono industrial y la urbanización “Los Berrocales”.

El EIA no incluye los ruidos producidos por el paso constante de camiones en toda la zona. El estudio estima un paso diario de 32 camiones (ida/vuelta). Consideramos que esta cantidad está infravalorada, ya que para un proyecto de la misma empresa en “El Reguerón” de 250.000 Tn/año, durante 40 años, se preveía un paso de 48 camiones diarios.

Esto ocasionará un tráfico preocupante para la capacidad y el tráfico que ya soportan las carreteras secundarias de la zona, hasta el destino del material en la planta de TOLSA en Vallecas.

En el estudio no se tiene en cuenta la sinergia que se producirá con el ruido producido por el tráfico aéreo actual y con el posterior a la futura ampliación del aeropuerto.

 

7.      Afecciones a la vegetación

Se producirá una pérdida total de toda la vegetación de la zona. El impacto más preocupante es el que se producirá en el bosque de ribera anexo a la explotación. Este bosque está declarado LIC por la Comunidad de Madrid, para ser incluido en la futura Red Natura, de acuerdo con la Directiva de Hábitats. Debido a las emisiones de polvo de la mina como al tráfico incesante de camiones por el camino paralelo a la ribera, se producirá una alteración significativa del actual bosque de ribera. Este bosque de ribera es uno de los mejor conservados del tramo medio del Jarama y su conservación debe ser considerada como prioridad, máxime cuando el bosque de galería aguas abajo ha desaparecido por completo debido a las obras de ampliación del aeropuerto de Barajas.

 

8.      Afecciones a la fauna.

El EIA admite que se afectará a 11 especies catalogadas en los Catálogos Nacional Regional de Especies Amenazadas. En concreto son:

ESPECIE

CATALOGO NACIONAL

CATALOGO CAM

Milano real

K

V

Esmerejón

K

 

Gavilán

K

 

Alcotán

 

IE

Águila calzada

 

IE

Aguilucho pálido

K

IE

Aguilucho cenizo

V

V

Alcarabán

K

IE

Tórtola común

V

 

Carraca

R

V

Alcaudón real

 

IE

No se tiene en cuenta las especies que pueden ser afectadas de forma indirecta, concretamente la fauna asociada al río y al bosque de ribera que sufrirán molestias constantes en forma de contaminación atmosférica y ruidos durante todos los años que dura la explotación. Este bosque de ribera alberga varias especies de anátidas y acuáticas, así como paseriformes y rapaces nocturnas que deberían valorarse.

 

SOLICITA:

Que la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental adopte medidas preventivas drásticas para evitar daños irreversibles sobre este patrimonio natural. Por tanto solicitamos formalmente que se informe negativamente la evaluación ambiental de este proyecto.

Madrid, a 1 de abril de 2003

www.iuparacuellos.org



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