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Noticias > Febrero                                  

INFORME DE ANTENAS DE TELEFONIA MOVIL

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA (Feb 2003)  (15/02/06)

INFORME: ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVILES

ASUNTO: ANTENAS DE TELEFONÍA MOVIL

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información
Secretaría de estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Madrid

Madrid 03/02/2003
Reg. Salida: 2439

Quisiera agradecerle, en primer lugar, la confianza que deposita en nosotros al hacernos partícipes de sus inquietudes. Además, quiero darle la bienvenida a su petición de información, pues la protección de los ciudadanos ante las emisiones radioeléctricas es un aspecto en el que estamos trabajando de manera especial.


Quiero ofrecerle toda la información disponible en el ámbito de nuestras competencias en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, que se centran en las emisiones radioeléctricas con origen en los servicios de telecomunicaciones que utilizan el dominio público radioeléctrico.


En España, más de un sesenta por ciento de los ciudadanos dispone de un teléfono móvil. Estos equipos se han convertido en parte de nuestra vida cotidiana, por su utilidad y características, siendo muy popular su uso tanto en España como en el resto de países de nuestro entorno europeo. además, los servicios de telefonía móvil se han conver4tido en herramienta fundamental para la atención de situaciones de urgencia, a modo de ejemplo, más de la mitad de las llamadas recibidas en centro 112 son generadas desde teléfonos móviles.


Un factor clave en la generalización del uso de la telefonía móvil ha sido la introducción de la competencia en el sector de las telecomunicaciones, que se ha traducido en una mayor diversidad de operadores, de oferta de servicios y de reducción de precios para los ciudadanos españoles.

 

El funcionamiento de los teléfonos móviles  está condicionado por la existencia de una estación base en el área próxima de alcance del teléfono, lo que obliga a efectuar el emplazamiento de las citadas estaciones distribuidas geográficamente, proporcionando una adecuada cobertura de servicio, de forma similar a la iluminación que proporcionan las farolas instaladas en las calles de una ciudad.

La diversidad de operadores, los niveles de calidad y cobertura asociados a los servicios y el aumento de la concentración de usuarios de telefonía móvil, en particular en entornos urbanos, obliga a efectuar un despliegue de un mayor número de estaciones base que den curso al tráfico generado por los mismos. Este mayor número de estaciones base que den curso al tráfico generado por los mismos. Este mayor número de estaciones base implica que la distancia entre éstas y el usuario del teléfono móvil es menor.


Cuanto menor sea la distancia entre un teléfono móvil y la estación base, menor es la potencia que ambos deben emitir, siendo también menor la exposición de los usuarios a las emisiones radioeléctricas y mejorando la calidad de las comunicaciones.


Durante el año, el Ministerio de Sanidad y Consumo ha liderado un Comité de expertos multidisciplinar, con profesionales de recocido prestigio nacional e internacional, que ha trabajado y analizando la evidencia científica disponible sobre emisiones radioeléctricas y salud. Los resultados del estudio de este Comité están en la misma línea que los obtenidos en estudios realizados por las autoridades sanitarios de otros países, tales como Francia y Reino Unido.


Recientemente, el 11 de mayo de 2001, el Ministerio de Sanidad y Consumo ha presentado a los medios de Comunicación un resumen del estudio “Campos electromagnéticos y salud pública” elaborado por el citado Comité de expertos.


En este estudio se presta especial atención a las antenas de telefonía, y concluye que la exposición a los campos de electromagnéticos no ocasiona efectos adversos para la salud, dentro de los límites recogidos en la Recomendación 1999/519/CE del Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea, de 12 de julio de 1999, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos.


Esta conclusión coincide también con las recomendaciones de la ICNIRP (Comisión Internacional sobre Protección frente a Radiaciones No-Ionizantes), del CENELEC(Comité Europeo de Normas Electrotécnicas)y de la Organización Mundial de la Salud. Además, la Organización Mundial de la Salud recomienda la adhesión estricta a las recomendaciones internacionales, sin incorporar arbitrariamente factores de seguridad adicionales a los limites establecidos en las mismas. En este sentido, la Recomendación del consejo de la Unión Europea se constituye en un elemento fundamental de harmonización a nivel europeo.


Recientemente, el despliegue de estaciones base para ofrecer una adecuada cobertura de servicios de telefonía móvil, con un significativo impacto visual y proximidad de las mismas, ha llevado a algunos ciudadanos a manifestar su inquietud por los posibles efectos de las mismas en la salud.


No obstante, tal y como se ha expuesto, las entidades científicas y medicas con mayor reconocimiento y prestigio a nivel mundial han concluido que, respetando limites armonizados internacionales citados anteriormente, no existe ninguna evidencia de efectos en la salud por la exposición a emisiones radioeléctricas.


Por su parte, los Ministerios de Ciencia y Tecnología y de Sanidad y Consumo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 62 de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, han elaborado conjuntamente un Real Decreto que establece los límites de exposición de los ciudadanos a las emisiones radioeléctricas, que se basa en la evidencia científica disponible, recogida en la Recomendación 1999/519/CE del Consejo de la Unión Europea, e incorpora el principio de precaución para minimizar la exposición de los ciudadanos.


Este Real Decreto, 1066/2001 de 29 de septiembre, fue sometido, en febrero de 2001, a consulta pública , habiéndose recibido numerosas aportaciones de asociaciones, universidades y empresas. Asimismo, el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, que representa amplios sectores de la sociedad, incluyendo Comunidades Autónomas, sindicatos y asociaciones de consumidores y usuarios, analizó e informó positivamente el Real Decreto. El texto está disponible en Internet:
www.setsi.mcyt.es


Los límites que se han incorporado en este Real Decreto son similares a los aplicados en otros países de nuestro entorno de la Unión Europea, como Alemania, Francia, Reino Unido, Finlandia, Dinamarca, Suecia, Irlanda o Grecia, e incluso son más exigentes que los límites recogidos en las normas americanas.


Actualmente, conforme se establece en la Ley General  de Telecomunicaciones, todas las estaciones base de telefonía móvil españolas son autorizadas por la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.


Para ello, el adjudicatario de una licencia de telefonía móvil debe remitir un proyecto técnico en el que se indiquen las características técnicas de la estación. Una vez aprobado el proyecto, y con carácter previo a la puesta en servicio de la estación, se procede a la inspección de la estación por las unidades de comprobación técnica de emisiones de la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. Por otra parte, los operadores con estaciones base autorizadas con anterioridad al Real Decreto dispondrán de un plazo de nueve meses para certificar que éstas cumplen con los límites de exposición establecidos en el Real Decreto.


Adicionalmente, en el citado Real Decreto se garantiza la continuidad en el cumplimiento por parte de los operadores de los límites de exposición a emisiones radioeléctricas ya comprobados en la autorización inicial. En este sentido, los operadores presentarán cada año natural certificaciones del cumplimiento de los límites de exposición establecidos, de acuerdo con el procedimiento indicado en la Orden CTE/23/2002 de 11 de enero, y adicionalmente, los servicios técnicos del Ministerio de Ciencia y Tecnología realizaran planes de inspección de las estaciones.


Anualmente, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información elaborará un informe público sobre diferentes aspectos de la exposición a emisiones radioeléctricas.


Por otra parte, se le informa que tanto las medidas efectuadas como los cálculos realizados, en España y en otros países muestran como experiencia que los niveles de las emisiones radioeléctricas procedentes de las estaciones base de telefonía móvil, condicionadas en su diseño por las normas técnicas europeas armonizadas correspondientes, cumplen satisfactoriamente, y en general con un amplio margen, los límites de exposición a las emisiones radioeléctricas. Quedo, por lo tanto, a su disposición para ampliarle cualquier aspecto que estime oportuno.


Asimismo, le informamos que las mediadas realizadas en visita de inspección, el día 30/01/2003, estando dentro de los límites marcados por el Real Decreto 1066/2001

 

Agradeciendo sinceramente su escrito y su cooperación, reciba un cordial saludo.


Jefe Provincial
Fdo.: D. Antonio Martín Calle

 

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